Mendoza: Importantes cambios en la Ley de Tránsito quedaron vigentes

Uno de los cambios más relevantes se introduce en el artículo 40, que regula los requisitos documentales durante los controles viales. Desde ahora, los conductores podrán acreditar la licencia de conducir, la cédula de identificación del vehículo y el comprobante de seguro obligatorio en formato físico o digital, mediante las aplicaciones oficiales de la Agencia Nacional de Seguridad Vial o de las aseguradoras.

De este modo, ya no será obligatorio portar la versión impresa de dichos documentos, siempre que puedan ser exhibidos en soporte electrónico válido. Esta medida apunta a agilizar los procedimientos de fiscalización y a adaptarse a los sistemas digitales implementados en todo el país.

Asimismo, el artículo 43 fue modificado para simplificar la acreditación de la cobertura del seguro automotor obligatorio. A partir de esta reforma, los conductores podrán presentar la póliza, la credencial o el comprobante de pago en cualquier formato, eliminando la exigencia de documentación adicional o numeraciones específicas que dificultaban el cumplimiento del requisito.

Otra modificación significativa recae sobre el artículo 21, vinculado a la actualización del domicilio de los titulares de licencias de conducir. Hasta el momento, quienes cambiaban de residencia dentro de la provincia tenían un plazo de 90 días para gestionar la modificación, y en caso de no hacerlo, debían rendir nuevamente el examen de manejo.

Con la nueva normativa, ya no será necesario renovar la licencia por cambio de domicilio dentro del territorio provincial. El documento mantendrá su validez hasta la fecha establecida para su renovación, independientemente del municipio en el que resida el titular.

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