Ampliaron los casos en que los policías pueden usar armas de fuego

Mendoza actualizó los criterios legales para el uso de armas de fuego por parte de los policías.

Así se modifica el artículo 9 de la ley 6.722 y establece que el personal policial podrá recurrir al uso de armas de fuego en casos de estado de necesidad, defensa propia o defensa de terceros.

También podrá hacerlo cuando exista peligro inminente de muerte o lesiones graves, para impedir un delito particularmente grave que implique una amenaza seria contra la vida o la integridad física de las personas.

Y a la vez podrá hacerlo para detener a alguien que represente ese peligro y oponga resistencia, o para impedir la fuga de quien represente esa amenaza.

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